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Valencia

La Junta Electoral abre expediente sancionador a Sandra Gómez

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Sandra Gomez campaña electoral
La candidata por el PSPV a la alcaldía de Valencia y actual y vicealcaldesa, Sandra Gómez, en una imagen de archivo. EFE/ Ana Escobar /Archivo

 La Junta Electoral Provincial ha abierto un expediente sancionador por el  gasto de más de 24.000 euros de dinero público en el reparto de 74.000 cartas electoralistas por parte de la vicealcaldesa del PSOE tras la denuncia del PP. La Junta señala que las cartas llegaron dentro del periodo electoral. Por ello la junta provincial ordena a la Junta Electoral de Zona que “iniciar expediente sancionador ante la posibilidad de la comisión de una infracción electoral sancionada en el art 153 LOREG”.

También resuelve la JEP que “debe ponerse fin a la campaña institucional con la retirada inmediata de la posibilidad de acceso desde el código QR incorporado en las misivas a los proyectos que figuran en la web del Ayuntamiento de Valencia”.

El portavoz de la campaña del PP Juan Carlos Caballero que “la junta Electoral ha dado la razón al PP y ha confirmado que la candidata de Pedro Sánchez en Valencia cometió una ilegalidad. Sandra Gómez se gastó más de 20.000 euros de todos los valencianos en el envío masivo de cartas electorales de autobombo saltándose la ley y haciendo un uso ilegal más que evidente de los fondos públicos con fines partidistas y electoralistas”. 

 

“Sandra Gómez no sólo tiene que pedir perdón a todos los valencianos sino que también debe pagar de su propio bolsillo la campaña ilegal. Le pedimos al PSOE que abandone la campaña sucia y que asuma de una vez por todas las reglas de la democracia”, añade Caballero.

Resolución de la Junta Electoral Provincial

En su resolución la Junta Electoral Provincial afirma que “no cabe duda que la remisión de las cartas dirigidas a los ciudadanos de la población días antes de que se inicie el periodo electoral, con fecha de admisión en correos de 31 de marzo de 2023 teniendo en cuenta además que el pliego técnico del contrato aportado establece en su cláusula 4.2.7 que la distribución del correo debía llevarse a cabo en el plazo máximo de cinco días hábiles en caso de distribución local, capitales de provincia y ciudades de más de 50.000 habitantes, implica que las cartas debieron llegar a su destino en los siete días naturales y por ello dentro de periodo electoral, a lo que cabe añadir que los envíos postales se han realizado en cantidad de 74.624 cartas y cuya fecha de recepción por los vecinos era previsible que llegara en periodo electoral y así efectivamente se ha producido como se manifiesta en la denuncia, máxime cuando la remisión de las cartas estaba prevista desde julio de 2022 y cuya fecha de inicio del periodo electoral es de todos conocida, pues viene fijada de forma expresa en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y que coincide con el cuarto domingo del mes de mayo de cada cuatro años”.

 

“La remisión días antes del inicio del periodo de las cartas para que llegara a los ciudadanos dentro del periodo electoral, supone una infracción evidente del contenido del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen electoral General, y no cabe duda que con tal comportamiento se infringe el principio del carácter neutral con el que debe actuar la Administración durante el procedimiento electoral, pues el artículo 50 de la Ley Orgánica Electoral General establece que la publicidad institucional no debe influir en ningún caso en la orientación del voto de los electores”, añade en sus resolución la JEP.

En la denuncia que ahora ha sido tramitada por la Junta Electoral Provincial recogía el PP “los hechos relatados en la denuncia y la documentación aportada, resulta acreditado que el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA autorizó el envío postal de publicorreo (PUBLICIDAD INSTITUCIONAL) de estas cartas (admitidas en Correos el 31 de marzo) sabiendo que el reparto de Correos se efectuaría dentro de los cinco días hábiles siguientes una vez convocadas las elecciones autonómicas y municipales, en lugar de suspender el envío que NO ERA URGENTE a tenor de que su envío se fue demorando sucesivamente desde el verano de 2022, todo ello a pesar de la prohibición expresa de remitir publicidad institucional señalada en el artículo 11.2 de la Ley 12/2018, de 24 de mayo”.

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Sucesos

VÍDEO| Nacho Vidal relata lo que pasó exactamente con el ritual del Sapo Bufo y la muerte en su casa

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Nacho Vidal vídeo muerte
El director de cine para adultos Nacho Vidal en una imagen de archivo. EFE/ Kiko Huesca/Archivo

Nacho Vidal será juzgado por la muerte del fotógrafo José Luis Abad en el ritual del sapo bufo, la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado los recursos de las acusaciones particulares y ha anulado el archivo provisional de la causa.

El pasado 9 de mayo de 2023 el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Xàtiva decidió archivar la causa por la muerte del fotógrafo José Luis Abad durante el ritual con veneno de sapo. Entre los participantes se encontraba el actor de cine para adultos Nacho Vidal junto a otras dos personas. Pero hoy se ha conocido que

De nuevo, Nacho Vidal tendrá que volver a los juzgados para responder por la muerte del fotógrafo, será el tribunal quien decidirá si es culpable o no de homicidio imprudente, según recoge El Levante.

Nacho Vidal y el ‘rito del sapo bufo’

Los hechos ocurrieron el 28 de julio de 2019 en una vivienda de Enguera (Valencia) propiedad de Vidal. La Guardia Civil inició la operación tras el fallecimiento del fotógrafo José Luis Abad durante la celebración de un ritual místico basado en la inhalación de los vapores del veneno de sapo bufo alvarius, según informó en su día el instituto armado.

Los agentes, tras una investigación desarrollada durante 11 meses, consideraron que se podía haber producido un delito de homicidio por imprudencia y otro contra la salud pública, supuestamente cometido por quienes organizaron y dirigieron el ritual.

Por estos hechos se arrestó a Nacho Vidal y a dos personas de su entorno, un familiar suyo y un empleado, de edades comprendidas entre los 37 y 50 años y de nacionalidad española.

En junio de 2020, Nacho Vidal quedó en libertad provisional tras comparecer en el juzgado y en marzo de 2021, el instructor dio por concluida la investigación sobre los hechos y dictó auto de incoación de procedimiento abreviado –procesamiento– contra el actor de cine para adultos por un presunto delito de homicidio imprudente.

La causa de la muerte de José Luis Abad

En septiembre de 2021, la Sección Tercera de la Audiencia de Valencia revocó la decisión e instó a practicar una pericial para averiguar más datos respecto a la sustancia DMT –la conocida como ‘la molécula de dios’– y su incidencia en el fallecimiento en el que se centra la causa.

En mayo de 2023 y tras las conclusiones del informe forense, el juzgado archivó la causa para los tres investigados, pero casi un año después y tras las peticiones de Carlos Castillo y Javier Vilarrubí, letrados que representan a los hermanos del fallecido fotógrafo, se ha anulado el archivo provisional de la causa.

«Se me murió en mis brazos»

En una entrevista a Nacho Vidal recogida por Europa Press, el actor reiteró que la muerte fue un accidente: «A mí se me murió una persona en mi casa y a mí nadie me ha preguntado cómo me sentí yo que se me murió en mis brazos. Pero a todo el mundo le ha importado que yo sea un asesino y haya matado a alguien».

Según explicó, el fotógrafo entró inicialmente en catarsis durante el ritual y después él le hizo respirar –«el viaje es así», comentó–, tras lo que «de repente» volvió a perder la respiración y él intentó reanimarlo sin éxito.

En qué consiste el ritual del sapo bufo

El ritual del sapo bufo, también conocido como «sapoísmo», es una práctica que implica el consumo del veneno secretado por el sapo bufo o sapo del Colorado (Bufo alvarius), una especie de sapo que se encuentra en el suroeste de Estados Unidos y el norte de México.

El veneno del sapo bufo contiene una potente sustancia psicoactiva llamada 5-MeO-DMT (dimetiltriptamina), que es considerada una de las sustancias más potentes y rápidamente efectivas en el ámbito de las drogas psicodélicas.

El ritual del sapo bufo se ha utilizado tradicionalmente en ciertas culturas indígenas de América del Norte como un medio para alcanzar estados alterados de conciencia, obtener visiones y conectar con lo divino o lo espiritual. Sin embargo, en la actualidad ha ganado popularidad en otros contextos, especialmente en círculos de crecimiento personal y espiritualidad contemporánea.

La extracción del veneno del sapo

El proceso del ritual generalmente implica la extracción del veneno del sapo, que se seca y se convierte en una sustancia que puede ser inhalada o fumada. Los participantes inhalan el humo o vapor del veneno del sapo bufo, lo que conduce a experiencias psicodélicas profundas y, según algunos relatos, a estados de conciencia expansiva, éxtasis y conexión espiritual.

Es importante tener en cuenta que el consumo del veneno del sapo bufo conlleva riesgos para la salud física y mental, así como posibles efectos secundarios adversos. Por lo tanto, su práctica debe ser abordada con precaución y bajo la supervisión de personas con experiencia y conocimientos adecuados. Además, en muchos lugares su uso puede ser ilegal o estar sujeto a restricciones legales.

 

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