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Valencia

La Junta Electoral abre expediente sancionador a Sandra Gómez

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Sandra Gomez campaña electoral
La candidata por el PSPV a la alcaldía de Valencia y actual y vicealcaldesa, Sandra Gómez, en una imagen de archivo. EFE/ Ana Escobar /Archivo

 La Junta Electoral Provincial ha abierto un expediente sancionador por el  gasto de más de 24.000 euros de dinero público en el reparto de 74.000 cartas electoralistas por parte de la vicealcaldesa del PSOE tras la denuncia del PP. La Junta señala que las cartas llegaron dentro del periodo electoral. Por ello la junta provincial ordena a la Junta Electoral de Zona que “iniciar expediente sancionador ante la posibilidad de la comisión de una infracción electoral sancionada en el art 153 LOREG”.

También resuelve la JEP que “debe ponerse fin a la campaña institucional con la retirada inmediata de la posibilidad de acceso desde el código QR incorporado en las misivas a los proyectos que figuran en la web del Ayuntamiento de Valencia”.

El portavoz de la campaña del PP Juan Carlos Caballero que “la junta Electoral ha dado la razón al PP y ha confirmado que la candidata de Pedro Sánchez en Valencia cometió una ilegalidad. Sandra Gómez se gastó más de 20.000 euros de todos los valencianos en el envío masivo de cartas electorales de autobombo saltándose la ley y haciendo un uso ilegal más que evidente de los fondos públicos con fines partidistas y electoralistas”. 

 

“Sandra Gómez no sólo tiene que pedir perdón a todos los valencianos sino que también debe pagar de su propio bolsillo la campaña ilegal. Le pedimos al PSOE que abandone la campaña sucia y que asuma de una vez por todas las reglas de la democracia”, añade Caballero.

Resolución de la Junta Electoral Provincial

En su resolución la Junta Electoral Provincial afirma que “no cabe duda que la remisión de las cartas dirigidas a los ciudadanos de la población días antes de que se inicie el periodo electoral, con fecha de admisión en correos de 31 de marzo de 2023 teniendo en cuenta además que el pliego técnico del contrato aportado establece en su cláusula 4.2.7 que la distribución del correo debía llevarse a cabo en el plazo máximo de cinco días hábiles en caso de distribución local, capitales de provincia y ciudades de más de 50.000 habitantes, implica que las cartas debieron llegar a su destino en los siete días naturales y por ello dentro de periodo electoral, a lo que cabe añadir que los envíos postales se han realizado en cantidad de 74.624 cartas y cuya fecha de recepción por los vecinos era previsible que llegara en periodo electoral y así efectivamente se ha producido como se manifiesta en la denuncia, máxime cuando la remisión de las cartas estaba prevista desde julio de 2022 y cuya fecha de inicio del periodo electoral es de todos conocida, pues viene fijada de forma expresa en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y que coincide con el cuarto domingo del mes de mayo de cada cuatro años”.

 

“La remisión días antes del inicio del periodo de las cartas para que llegara a los ciudadanos dentro del periodo electoral, supone una infracción evidente del contenido del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen electoral General, y no cabe duda que con tal comportamiento se infringe el principio del carácter neutral con el que debe actuar la Administración durante el procedimiento electoral, pues el artículo 50 de la Ley Orgánica Electoral General establece que la publicidad institucional no debe influir en ningún caso en la orientación del voto de los electores”, añade en sus resolución la JEP.

En la denuncia que ahora ha sido tramitada por la Junta Electoral Provincial recogía el PP “los hechos relatados en la denuncia y la documentación aportada, resulta acreditado que el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA autorizó el envío postal de publicorreo (PUBLICIDAD INSTITUCIONAL) de estas cartas (admitidas en Correos el 31 de marzo) sabiendo que el reparto de Correos se efectuaría dentro de los cinco días hábiles siguientes una vez convocadas las elecciones autonómicas y municipales, en lugar de suspender el envío que NO ERA URGENTE a tenor de que su envío se fue demorando sucesivamente desde el verano de 2022, todo ello a pesar de la prohibición expresa de remitir publicidad institucional señalada en el artículo 11.2 de la Ley 12/2018, de 24 de mayo”.

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Sucesos

Una chica de 35 años cae con su coche veinte metros por un terraplén en Chiva

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cae con su coche terraplén Chiva
Imagen de la asistencia en Chiva difundida por el Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia.

València, 26 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- Una chica de 35 años ha resultado herida tras caer el coche que conducía por un terraplén en las Cumbres de Calicanto, en el término municipal de Chiva (Valencia).

El accidente, registrado en la noche de este jueves se produjo cuando el vehículo se salió de la vía y dio varias vueltas de campana cayendo unos 20 metros por el terraplén, según informa el Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia.

Al lugar se trasladaron bomberos de Paterna, Chiva y l’Eliana, que rescataron a la conductora que había quedado atrapada, asegurando el vehículo con cuerdas, ya que el coche se encontraba en la ladera del terraplén.

Los bomberos transfirieron a la mujer a los medios sanitarios, un equipo médico del Samu que se había desplazado a la zona.

La mujer presentaba traumatismo lumbar y fue trasladada en una ambulancia del Soporte Vital Básico (SVB) al hospital General de València, según ha indicado el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU).

Los accidentes de coche que involucran caídas por un terraplén pueden ser especialmente peligrosos y devastadores debido a las circunstancias del terreno y las fuerzas implicadas.

Información general sobre este tipo de accidentes:

Causas:

Los accidentes de coche que resultan en caídas por terraplenes pueden ser causados por varios factores, incluyendo exceso de velocidad, distracciones al volante, condiciones climáticas adversas, falta de barreras de protección en carreteras montañosas, errores humanos o problemas mecánicos del vehículo.

Gravedad del accidente:

Las caídas por terraplén suelen implicar un impacto considerable. El vehículo puede rodar o caer desde alturas significativas, lo que puede resultar en lesiones graves o incluso fatales para los ocupantes del vehículo.

Lesiones:

Los ocupantes de un vehículo que cae por un terraplén pueden sufrir una amplia gama de lesiones, desde fracturas óseas y lesiones en la médula espinal hasta traumatismos craneoencefálicos y lesiones internas. La gravedad de las lesiones dependerá de varios factores, como la velocidad del impacto y cómo se produjo la caída.

Rescate y asistencia:

Rescatar a las víctimas de un accidente en un terraplén puede ser complicado debido al terreno escarpado y de difícil acceso. Los servicios de emergencia pueden enfrentar desafíos adicionales para llegar al lugar y proporcionar atención médica adecuada.

Prevención:

La prevención de estos accidentes incluye medidas como mantener velocidades seguras, evitar distracciones al volante, mantener el vehículo en buenas condiciones mecánicas, y mejorar la seguridad de las carreteras mediante la instalación de barreras de protección y señalización adecuada en zonas de terraplén.

Consecuencias legales y financieras:

Los accidentes de este tipo pueden tener implicaciones legales y financieras significativas. Las investigaciones determinarán la responsabilidad del accidente y podrían surgir disputas legales en relación con la indemnización por daños y lesiones.

Es fundamental que los conductores estén conscientes de los peligros asociados con la conducción en áreas donde existen terraplenes pronunciados y tomen las precauciones necesarias para prevenir accidentes tan graves.

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